CONSTITUCION MODELO PARA LOS PAISES CASTROCHAVISTAS
20.06.17.-
En honor a la verdad, la constitución que Venezuela necesita en estos momentos es bastante sencilla. Podría ser algo más o menos así:
Constitución de la República Bolivariana de Venezuela:
PREÁMBULO:
El pueblo de Venezuela, representado irrevocablemente por los sucesores del líder supremo, para re refundar la república se otorga la siguiente constitución, regida por los principios que enumeramos a continuación:
Artículo 1: Venezuela será un país libre y soberano, independiente de toda dominación extranjera, salvo lo dispuesto en las disposiciones transitorias.
Artículo 2: En Venezuela se respetarán los Derechos Humanos. No serán tenidos como humanos los siguientes entes: opositores, estudiantes disidentes, dirigentes políticos de ideología diferente a la oficial.
Artículo 3: En Venezuela se garantizan elecciones libres: todo el mundo es libre de votar para manifestar su acuerdo con lo que el líder del pueblo decida.
DE LOS PODERES PÚBLICOS:
Artículo 4: Se establecen los siguientes poderes: ejecutivo, legislativo, electoral y judicial. Los tres últimos bajo estricto control y dirección del primero que designará a sus integrantes con el consenso del partido único.
Artículo 5: El presidente de la república podrá ser electo de manera indefinida, pudiendo ampliarse el período de gobierno a solicitud de éste.
Artículo 6: Son atribuciones del presidente:
Dirigir al resto de los poderes.
Expropiar, encarcelar, condenar, juzgar (directamente él o a través de tribunales militares) a quien considere conveniente; a los traidores, a los enemigos de la patria y en general a todos los opositores o que puedan llegar a serlo.
Conducir la política económica por los rumbos que él estime convenientes, sin que tenga por ello que responder ante ningún organismo de supervisión.
El presidente de la república no estará sujeto a ningún control de ninguna naturaleza. Podrá hacer, en el ejercicio de su cargo todo lo que no esté expresamente prohibido por la presente constitución.
El presidente es el comandante en jefe de la Fuerza Armada, que estará unida a él por un vínculo de obediencia y lealtad incondicional.
Artículo 7: El resto de los poderes se irán organizando por decreto presidencial, en función de las necesidades políticas de cada momento. Para ser magistrado del TSJ no se necesita ser abogado, ni ningún conocimiento del derecho, basta con ser obediente y no deliberante.
NACIONALIDAD, CIUDADANÍA Y DERECHOS CIVILES:
Artículo 8: Son venezolanos todos aquellos que manifiesten su apoyo incondicional al gobierno y tendrán derecho a vivienda, alimentación, trabajo, beca, etc.
Artículo 9: La nacionalidad venezolana se pierde cuando, aunque habiendo nacido en territorio nacional, el ciudadano manifieste su desacuerdo con las políticas del gobierno y sus decisiones, lo que le convierte de manera automática en traidor y apátrida, pasando a disposición de los tribunales militares.
Artículo 11: Todos los ciudadanos tienen derecho a manifestar su apoyo al gobierno nacional y al presidente de la república. Los funcionarios públicos, además del derecho, tendrán la obligación.
Artículo 12: Todos tienen derecho a informarse a través del canal del Estado de lo que está sucediendo en el país. Aquellos medios que emitan informaciones contrarias a lo que se diga en los medios oficiales -es decir, que mientan- serán sancionados con severas multas calculadas de manera que los conduzcan al cierre y quiebra para ser expropiados y convertidos en medios oficiales.
DE LA FUERZA ARMADA NACIONAL
Son atribuciones de la fuerza armada nacional las siguientes:
Artículo 13: Reprimir manifestaciones contrarias al gobierno con todos los medios disponibles a su alcance con la creatividad para la crueldad de que disponga cada funcionario, sin limitación de ningún tipo. Se reafirma: de ningún tipo.
DISPOSICIONES TRANSITORIAS:
Cuba.
Comuníquese y publíquese.
Seamos honestos, una constitución como ésta es lo que se busca, entonces por qué gastar tantos recursos en reunir a 500 personas a deliberar sobre algo que ya está escrito.
¿No será mejor emplear esos recursos en algo verdaderamente necesario, como comprar más bombas lacrimógenas, por ejemplo?.
Laureano Márquez: Editorial Tal Cual.
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