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LA SUPUESTA "DERROTA" DE LA ETA

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Brotes:
El etarra 'Gadafi' se niega a declarar por uno de los 380 asesinatos de ETA sin resolver.27.03.2022.-

Juan Carlos Iglesias Chouzas, con una veintena de crímenes a sus espaldas, está acusado de secuestrar a un taxista y matar de cinco tiros por la espalda a un hombre que había sido guardia civil once años antes.

El martes 24 se ha celebrado en la Audiencia Nacional el juicio contra uno de los etarras más sanguinarios por uno de los casi 380 atentados de ETA que siguen pendientes de ser resueltos por la Justicia. Se trata del asesinato de Francisco Díaz de Cerio, al que ETA mató en 1991 cuando salía de su vivienda en Bilbao para dirigirse a su puesto de trabajo. La víctima había sido guardia civil hasta 1980, cuando renunció voluntariamente para trabajar en Iberduero leyendo contadores de la luz en domicilios particulares y era militante activo de UGT.

Según la Fiscalía, los autores de ese asesinato fueron los etarras Juan Carlos Iglesias Chouzas y el ya fallecido Juan María Ormazábal, alias 'Gadafi' y 'Turko', respectivamente.

El Ministerio Público detalla que, para llegar al lugar del atentado, ambos secuestraron un taxi y obligaron al conductor a meterse en el maletero. Acto seguido, descerrajaron cinco tiros por la espalda al ex guardia civil (casado y con dos hijos), destrozándole literalmente el corazón, y huyeron en el vehículo y con el taxista secuestrados, a los que abandonaron en un lugar apartado.

Al principio de la vista oral, Gadafi se ha limitado a decir «no voy a declarar nada, lo único que quiero decir es que soy inocente y no sé por qué estoy en este juicio«. La Fiscalía de la Audiencia Nacional solicita que sea condenado por este atentado a 40 años de cárcel por los delitos de asesinato, robo con intimidación y detención ilegal, todos ellos de carácter terrorista, y a pagar una responsabilidad civil de 500.000 euros a la viuda del fallecido. Con una veintena de asesinatos a sus espaldas, incluido el de un niño de 2 años, Iglesias Chouzas lideró el aparato logístico de ETA y formó parte del Comando Vizcaya.

Durante la vista han comparecido como testigos varios miembros de ETA, como Jon Mirena San Pedro, Raúl Ángel Fuentes Villota, José Manuel Fernández Pérez y Jesús María Mendinueta. Los dos primeros siguen en prisión y el último era el tercer integrante del Comando Vizcaya junto Gadafi y Turko cuando éstos asesinaron al ex guardia civil, según la Fiscalía y la Ertzaintza.

Todos ellos han seguido la estrategia habitual de negar sus respectivas declaraciones ante las fuerzas del orden y los juzgados cuando fueron detenidos y que permitieron implicar a Gadafi en este asesinato. Uno tras otro se han limitado a decir que apenas recuerdan nada "después de 30 años" y se han aferrado a que confesaron inicialmente bajo supuestas amenazas y torturas policiales. Mendinueta, incluso, ha llegado a jactarse de la sinceridad de los etarras por ser miembros de una "organización revolucionaria, socialista e independentista", como se ha referido a ETA.

Muy distinta es la versión de la Policía autonómica vasca, varios de cuyos ertzainas han comparecido como testigos y peritos para confirmar que los interrogatorios de estos etarras se realizaron "con total normalidad" y con un "trato exquisito". También han coincidido con la tesis de la Fiscalía de que Gadafi y Turko fueron los que asesinaron a Francisco Díaz de Cerio.

Penas y casos pendientes

La Policía francesa detuvo al etarra Iglesias Chouzas en 2000 y cinco años después el país vecino lo entregó a España, donde también fue condenado a cárcel hasta 2038. Cumplirá tres cuartas partes de esa pena dentro de nueve años, cuando podrá acceder al tercer grado y a la libertad condicional. A finales de 2020 obtuvo el segundo grado penitenciario y el Ministerio del Interior le acercó al País Vasco desde la cárcel de Villena (Alicante) a la de Dueñas (Palencia).

El de este ex guardia civil no es el único frente que Gadafi tiene pendiente con la Justicia. La misma Audiencia Nacional reabrió la semana pasada la causa por el asesinato de Miguel Ángel Blanco para investigar a toda la cúpula de ETA cuando la banda secuestró y asesinó al joven concejal del PP en Ermua (Vizcaya) hace 25 años. El magistrado del Juzgado Central de Instrucción Número 6, Manuel García-Castellón, investiga si el propio Gadafi y otros ocho dirigentes etarras ordenaron, planificaron o permitieron este crimen en 1997.
Jorge Navas.

Brotes:
El Supremo cierra la puerta a un 'efecto dominó' de la doctrina Atristain01.06.2022.-

Rechaza el recurso de revisión presentado por el etarra tras el fallo de Estrasburgo contra España
Recuerda que la declaración del terrorista no fue la única prueba que fundamentó su condena.

La Sala Penal del Tribunal Supremo ha rechazado la petición del etarra Xabier Atristain de revisar su condena a 17 de prisión, por un delito de pertenencia a organización terrorista y tenencia de armas y explosivos, tras la sentencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH). Estrasburgo consideró vulnerado su derecho a un proceso con todas las garantías al no haberse motivado la decisión judicial que le impidió designar a un abogado de su elección durante un interrogatorio policial.

En la misma línea del informe de la Fiscalía del Tribunal Supremo, que la semana pasada se opuso a la revisión del caso, la Sala considera que, aun prescindiendo de las declaraciones afectadas por la vulneración apreciada por el TEDH, existen otras pruebas ajenas a las mismas que fundamentan su condena, por lo que no procede la revisión de la sentencia firme en este caso.

La decisión del Supremo cierra la puerta a un efecto dominó en presos que quieren sumarse a la doctrina Arristain y anular sus causas por haber prestado declaración sin contar con un letrado de su confianza en régimen de incomunicación.

El tribunal explica que un recurso de revisión es extraordinario y que hay que comprobar en cada caso si la lesión al Convenio Europeo de Derechos Humanos declarado en la sentencia afecta, y en qué medida, al contenido esencial del derecho vulnerado, igualmente si los efectos de la vulneración persisten y no pueden ser remediados de otro modo que no sea la revisión.

Por ello, la Sala analiza la sentencia del TEDH y señala que adquiere especial relevancia para decidir sobre la reparación de la vulneración declarada la alusión a la que la condena «se basó parcialmente en las pruebas obtenidas a raíz de las declaraciones que prestó en comisaría mientras estaba incomunicado. En particular, esas declaraciones fueron esenciales para el descubrimiento del material explosivo. Como consecuencia de sus declaraciones, la policía encontró datos y pruebas sólidas de que el demandante había cometido los delitos en cuestión. La condena se basó principalmente en los explosivos y el material informático encontrados en posesión del demandante, pero también otras pruebas como las declaraciones inculpatorias de los coacusados, las declaraciones de los testigos o el silencio del demandante a las preguntas de la acusación».

Así pues, la Sala concluye que, aun prescindiendo de su declaración dada la vulneración apreciada, la convicción sobre la existencia de los explosivos y armas se asienta en otras fuentes de prueba distintas de la confesión, de manera que la localización de las armas no se asienta, solamente, en la confesión sino que el TEDH destaca en otros párrafos de la sentencia (16,12, 13 y 66) que la base probatoria sobre la que se declara el hecho probado, la intervención de las armas, se apoya en prueba distinta de la declaración del condenado que ahora solicita la autorización de la revisión.

A esta misma conclusión ha llegado la Sala tras la lectura de las sentencias dictadas en este caso, así como con la comprobación de las diligencias sumariales y del acta del juicio oral.

Sin presiones ni coacciones

La Sala recoge en su auto que el TEDH negó en este caso la existencia de malos tratos y que «la declaración del demandante de la revisión fue libre y voluntaria sin coacciones ni presiones de ningún tipo». Por último, señala que el TEDH refiere que respecto al motivo por el que «no se permitió al abogado de oficio comunicarse con su cliente, el Tribunal escuchó al abogado de oficio como testigo en el juicio» y que no ha expuesto «razón alguna para su oposición».

En su auto, el tribunal recuerda que se ha mostrado decididamente proclive a la ejecución, vía revisión de la condena, de las sentencias del TEDH, cuya jurisprudencia ha observado y seguido. Y afirma que la sentencia del TEDH en el caso Atristain «no cuestiona ni la legislación vigente en España, ni el régimen de incomunicación de una persona detenida en los supuestos de delincuencia terrorista, siempre que se haga bajo la supervisión de un juez, siendo doctrina asentada del Tribunal que puede estar justificado, en este contexto, que sea un abogado de oficio quien asista al detenido, y que se restrinjan algunos de los derechos del detenido incomunicado, si se justifican las razones en el caso concreto».

La vulneración apreciada por el TEDH, -precisa la Sala- es que «no hubo una resolución individualizada por el juez de instrucción que justificase por qué no se permitía al detenido acceder a un abogado de su elección, aunque sí se había declarado la concurrencia en el detenido de indicios de pertenencia a un grupo terrorista y la tenencia de explosivos que motivaron la incomunicación por el Juez Central de Instrucción (…)».
Nati Villanueva

Brotes:
La Fiscalía Antidroga pide 9 años y 9 meses de cárcel para el abogado etarra Gonzalo Boye por blanquear dinero del narco29.11.2022.-

La Fiscalía solicita hasta 31 años y medio de prisión para Sito Miñanco en el marco de la operación Mito.

La Fiscalía Antidroga solicita 31 años y medio de prisión para José Ramón Prado Bugallo, conocido como Sito Miñanco, y hasta 9 años y 9 meses de prisión para Gonzalo Boye, el abogado de Carles Puigdemont y Quim Torra, en el marco de la operación Mito.

El Ministerio público acusa al primero de liderar una organización criminal dirigir un entramado que pretendía introducir en España casi cuatro toneladas de cocaína por lo que le atribuye delitos contra la salud pública, blanqueo de capitales y falsificación en documento oficial. Mientras, al abogado Gonzalo Boye le acusa de blanquear dinero fruto del narcotráfico. Por ello le atribuyen un delito de blanqueo de capitales y un delito continuado de falsificación en documento oficial. Asimismo solicitan para él la inhabilitación especial para el ejercicio de la profesión de abogado durante el tiempo de condena.

El Ministerio público acusa al primero de liderar una organización criminal dirigir un entramado que pretendía introducir en España casi cuatro toneladas de cocaína por lo que le atribuye delitos contra la salud pública, blanqueo de capitales y falsificación en documento oficial.

Mientras, al abogado Gonzalo Boye le acusa de blanquear dinero fruto del narcotráfico. Por ello le atribuyen un delito de blanqueo de capitales y un delito continuado de falsificación en documento oficial. Asimismo solicitan para él la inhabilitación especial para el ejercicio de la profesión de abogado durante el tiempo de condena.


En total, por estos hechos la Fiscalía Antidroga dirige acusación contra más de 50 investigados. En su escrito describe cómo entre 2016 y 2018, pese a que Sito Miñanco se encontraba cumpliendo condena en el Centro Penitenciario de Algeciras, su actividad principal continuaba siendo la introducción y distribución de sustancia estupefaciente en España por cuanto que mantenía sus contactos y la confianza de las organizaciones suministradoras de la droga en Sudamérica y disponía de la logística material para ese fin.
Isabel Vega.

Brotes:
Juicio contra el asesino etarra "ATA" en la Audiencia Nacional04.07.2023.-

El hijo de Giménez Abad reconoce al etarra 'Ata' como el asesino de su padre: "Nos cruzamos la mirada y nos vimos perfectamente la cara".

Los testigos protegidos identifican a Karrera Sarobe y a Sahatsa como los responsables del atentado contra el senador y presidente del PP de Aragón.

El hijo de Manuel Giménez Abad, el presidente del PP de Aragón asesinado por ETA en 2001, ha comparecido este martes en la Audiencia Nacional para ratificar el reconocimiento de Mikel Karrera Sarobe, Ata, como el hombre que la tarde de ese 6 de mayo disparó contra su padre.

"Nos cruzamos la mirada y nos vimos perfectamente las caras", ha declarado en el juicio contra Ata y su supuesta compañera de comando, Miren Itxaso Zaldua, Sahatsa. Borja Giménez ha recordado esa tarde de domingo. " Mi padre y yo solíamos ir al fútbol. Salimos de casa para llegar a tiempo a La Romareda. Cuando llevábamos cinco minutos andando, un hombre se acercó por detrás y disparó a mi padre. Le disparó dos veces. Mi padre cayó al suelo y le remató con otro disparo".

Ese día le enseñaron muchas fotografías de etarras, pero no reconoció a ninguno. Tampoco en las que en los años siguientes le seguían mostrando las Fuerzas de Seguridad. Hasta 2014, cuando la Guardia Civil le pidió que fuera a Madrid a echar un vistazo a otra tanda de imágenes. Entonces sí: "Yo reconozco a la persona que disparó contra mi padre, una persona de pelo largo y algo rizado. Luego, por la prensa, supe que era Karrera Sarobe".

Para una eventual condena, tan importante como reconocerlo es que lo hiciera sin haber visto nunca antes la imagen de Ata, que había sido detenido en 2010. "En absoluto, esa es la realidad", ha afirmado ante las preguntas de la defensa que lo ponían en duda.

Cuatro años más tarde hubo una rueda de reconocimiento presencial en París. Para entonces sí sabía que Ata era el principal sospechoso y había visto más fotografías suyas en los medios de comunicación. Pero, según ha declarado hoy, su reconocimiento fue claro: "Lo reconocí perfectamente por los rasgos característicos: su mirada y su mandíbula".

El testimonio del hijo es una pieza clave para eliminar el asesinato del dirigente popular de la larga lista de asesinatos sin resolver. Entre quienes han escuchado la declaración de Borja Giménez ha estado el actual presidente del PP de Aragón, Jorge Azcón.

Un rato antes había comparecido ya otra testigo protegida que también identificó a Ata con rotundidad. "Era él", ha declarado la mujer rememorando el momento en que la Policía le exhibió una lista de fotografías.

Ha explicado a la fiscal que esa tarde acababa de dejar a su marido camino de La Romareda. Se fijó en un chico joven, vestido de oscuro, que la miró. "Pensé, 'vaya chico guapo'". La Policía le tomó declaración y le mostró fotografías cuando al día siguiente les llamó para decir que creía haber visto a un sospechoso. Pero por entonces las Fuerzas de Seguridad no tenían identificado a Ata y su fotografía no estaba en la lista. Dieciocho años después sí y ella lo reconoció.

Un tercer testigo protegido que ha comparecido llegó a echar a correr tras el hombre que había disparado, supuestamente Ata, sin lograr alcanzarle. Pero antes de eso había "cruzado la mirada" con la mujer a la que tras los disparos el hombre entregó "algo, no sé si el arma". Cuando la causa se reactivó, identificó en fotografías policiales a Sahatsa. Desde el principio la describió como una mujer fuerte, con "mofletes rollizos", mientras que la defensa ha insistido en el juicio en que la acusada siempre ha sido una mujer delgada.

Después de que la defensa de Sahatsa pusiera en duda la coherencia de su identificación, ha intervenido el presidente del tribunal, el magistrado Francisco Vieira. "Cuando hizo la identificación, ¿tenía seguridad o dudaba?" "Perfectamente, perfectamente. Hay situaciones en la vida que son imborrables. Lamentablemente, esta es una de ellas".

La Fiscalía pide para Ata y Sahatsa 30 años de prisión por el asesinato. Karrera Sarobe cumple ya cadena perpetua en Francia por tres asesinatos, pero Miren Itxaso estaba en libertad cuando en 2001 volvió a ser detenida por este atentado. Desde entonces está en prisión provisional.
Manuel Marraco

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